Tribunal niega salida de prisión de dos acusados en caso Hogar Seguro

Por María José Longo Bautista

Lucinda Marroquín Carrillo y Luis Armando Pérez Borja son las únicas personas en prisión, a pesar de que son 12 acusadas, por el incendio en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción. Un juez ordenó prisión preventiva en 2017, y otro confirmó esa decisión el 11 de octubre de 2022. El argumento en ambas ocasiones fue que existe grave sospecha que los acusados pueden influir en los testigos para que modifiquen sus declaraciones. 


Lucinda Eva Marroquín Carrillo, exsubinspectora de la Policía Nacional Civil (PNC), y Luis Armando Pérez Borja, exjefe de operaciones de la PNC, están en prisión preventiva desde el 12 de junio de 2017. Son acusados en el caso del incendio en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción, en el que murieron 41 niñas, y 15 sobrevivieron con graves quemaduras.

El 11 de octubre de 2022, por segunda vez en este año, Marroquín y Pérez Borja solicitaron al Tribunal Séptimo de Sentencia Penal que modificara la medida de prisión preventiva para salir de la cárcel y esperar el juicio en arresto domiciliar, como los otros 10 acusados. 

Julio Rendón, abogado defensor de Marroquín; Lucinda Marroquín, acusada y Héctor López, abogado de Luis Armando Pérez Borja en la sala de audiencias del Tribunal Séptimo de Sentencia Penal.

El juez suplente del Tribunal, Sergio Osvaldo Flores Garrido, negó la solicitud de revisión de medida argumentando que «Independientemente de que el abogado defensor hace referencia a que su patrocinada se encuentra en el estatus de suspendida [como miembro de la PCN], efectivamente existe la grave sospecha de que dicha persona pueda influir para que testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal para el debate oral y público”» 

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Marroquín quedó ligada a proceso el 24 de junio de 2017 porque el juez Carlos Guerra  admitió el argumento del Ministerio Público (MP) que manifestó que, durante el incendio,  Marroquín tenía el control del aula en que estaban encerradas las víctimas y estaba al mando del grupo de policías dentro del hogar estatal. La Fiscalía la señala de no haber abierto la puerta del aula cuando inició el incendio y que los 9 minutos que tardó en abrirla fueron letales para las 41 niñas que murieron y para las 15 que sobrevivieron con graves secuelas.

La acusación contra Pérez Borja se debe a que estuvo a cargo de las decisiones fuera del Hogar Seguro Virgen de la Asunción en los hechos previos al incendio. El grupo de agentes a su cargo habría agredido a los adolescentes a pesar de que eran menores de edad que debían proteger.  

Luis Armando Pérez Borja espera a que inicie la audiencia para pedir que revisen la medida que lo tiene en prisión preventiva.

Por qué el MP pide mantener la prisión preventiva para estas dos personas

Con su resolución, el juez dio la razón al MP y los abogados de los querellantes que alegaron  que ambos acusados debían permanecer en prisión preventiva porque existe peligro de obstaculización para la averiguación de la verdad.

«Son 21 testigos presenciales los que ella [Marroquín] conoce, ejerció mando y jerarquía en el momento que estuvieron bajo sus órdenes, sobre estos agentes ella podría influir. Por esa circunstancia se considera que el peligro a la obstaculización de la averiguación de la verdad no se ha desvanecido», explicó el fiscal Edgar Gómez. 

Para el caso de Luis Armando Pérez Borja, el fiscal sostiene que «se tiene el antecedente de que trató de influir en una testigo con datos bajo reserva», y reiteró que «aún hay varios agentes sobre los cuales ambos acusados ejercieron jerarquía y poder de mando»

El MP y los querellantes propusieron 78 testigos y 45 peritos para que declaren en el juicio que iniciará el 9 de enero de 2023. 25 de estos testigos han pertenecido a la Policía Nacional Civil (PNC). 

Por otra parte, la mayoría de las víctimas sobrevivientes han declarado en anticipo de prueba, pero aún están pendientes de declarar cuatro, y también son consideradas vulnerables a coacción por parte del MP y los querellantes. 

Agente del Sistema Penitenciario le coloca las esposas a Lucinda Marroquín Carrillo, acusada.

Los argumentos de la defensa

En la audiencia del 11 de octubre, Julio Rendón Valenzuela, abogado de Marroquín Carrillo, dijo al juez que se desvanecieron las circunstancias para la prisión preventiva. El defensor también aseguró que Marroquín Carrillo está suspendida y no tenía actualmente un grado jerárquico alto en la PNC. También dijo que, en el presente, no habría altos mandos que la protegieran, porque en 5 años han cambiado las autoridades de la institución. Agregó que carecía de poder para influir en peritos o testigos porque ella ya inició el proceso para jubilarse después de 16 años de servicio.       

La Ley de la Policía Nacional Civil, en el decreto 11-97, artículo 30, regula la situación especial a la que pasan los agentes cuando son consignados a los tribunales de justicia y en la que permanecen hasta que se resuelve su situación jurídica. Marroquín y Pérez Borja se encuentran en este estado, que la defensa llama “suspensión”, «pero aún forman parte de la Policía Nacional Civil», dijo Gómez. 

Héctor López, abogado de Pérez Borja, respaldó a Rendón y, además, aseguró que hubo un trato discriminativo porque hay 10 sindicados que no están en prisión. Ambos abogados alegaron que los acusados han pasado en la cárcel más tiempo de los años que podrían ser sentenciados. En su resolución, Flores Garrido recordó a la defensa que la pena mínima o máxima no se puede afirmar porque aún no hay una sentencia.  

Por su parte, Marroquín declaró que necesita salir de prisión para estar con su hija y su madre. Pérez Borja catalogó la muerte de las niñas como un accidente.

Ante las críticas de la defensa porque otros acusados tengan medidas sustitutivas, como arresto domiciliario, el fiscal Gómez recordó a la defensa que el proceso penal es “personalísimo” y las circunstancias de cada acusado son distintas. 

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Los abogados de las familias de las víctimas y de Mujeres Transformando al Mundo, querellantes adhesivos en el proceso, apoyaron los argumentos de la fiscalía. “La defensa trae a colación que han pasado más de cinco años y no se ha aplicado una sentencia. Ese retraso no es culpa de los querellantes, esa es la mora judicial y también ha afectado gravemente a las familias de las niñas y a las 15 sobrevivientes”, dijo Diana Méndez Vivar, abogada de los querellantes.

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